En caso que el estudiante no cumpla con sus compromisos financieros dentro de las fechas estipuladas, la Política de Cobro de la Universidad Politécnica establece lo siguiente:

1.     No se autoriza la validación de matrícula a estudiantes con balances de períodos anteriores.

2.     Balances pendientes luego de la fecha de prórroga (30 días luego del comienzo de clases) conllevarán recargo de 2% de interés mensual. 

3.     Balances pendientes pasados los 180 días están sujetos a un cargo adicional de ser referido a la división legal o agencias de cobro.

4.     De la UPPR verse en la obligación de tomar acción judicial para el cobro de esta obligación, el estudiante será responsable de costos, desembolsos y honorarios de abogado que las gestiones ocasionen, según sean fijados por el Tribunal correspondiente. Los deudores serán sometidos expresamente a la jurisdicción de Tribunales de Primera Instancia de Puerto Rico en la Sala de San Juan.

5.     Los estudiantes deudores pueden ser excluidos de los actos de graduación y de recibir sus calificaciones. Tampoco tendrán derecho a recibir servicios de la Universidad tales como: transcripciones, certificaciones, diplomas, entre otros.

A los estudiantes inactivos se les puede conceder un Plan de Pago para saldar sus balances pendientes. Este acuerdo con la Universidad Politécnica de Puerto Rico se realiza en asociación con United Credit Bureau. Los estudiantes que no cumplan con este acuerdo pueden ser referidos a la división legal o a agencias de cobro. Esto conlleva cargos adicionales.  Los estudiantes que reciben beneficios de Agencias Auspiciadoras se rigen por las políticas antes mencionadas, aun cuando la deuda corresponda al Auspiciador.